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Representante de la Asamblea Popular Nacional, Zhou Yanfang: recomienda impulsar desde cuatro aspectos para promover aún más la implementación del sistema de tutela voluntaria
En el contexto de las dos sesiones de 2026, la representante de la Asamblea Popular Nacional, directora del Centro de Estudios Estratégicos de China Taiping (Oficina ESG), Zhou Yanfang, presentó recomendaciones para promover la implementación del sistema de tutela voluntaria.
Para responder activamente a las necesidades reales de una sociedad envejecida, los artículos 33 de la Ley de Derecho Civil de la República Popular China y 26 de la Ley de Protección de los Derechos de los Ancianos establecen a nivel legal básico el sistema de tutela voluntaria para adultos. Además, regiones económicamente desarrolladas como Shanghái y Pekín han llevado a cabo pruebas piloto con resultados preliminares. Sin embargo, a nivel nacional, el sistema de tutela voluntaria aún está en etapa inicial de exploración, enfrentando obstáculos como la falta de reconocimiento social, sistemas complementarios incompletos, actores de ejecución limitados y una coordinación interdepartamental deficiente. Es urgente resumir las experiencias de las regiones pioneras, fortalecer la planificación y coordinación, y promover de manera integral la implementación efectiva del sistema.
Zhou Yanfang considera que esto responde a la inevitable demanda de una profunda adaptación al envejecimiento y los cambios en la estructura familiar, ayudando a aliviar la presión sobre la gobernanza social en los niveles básicos y contribuyendo a la construcción de un sistema de servicios de cuidado para personas mayores en múltiples niveles. Además, es una manifestación central del respeto por el derecho de autodeterminación de los ancianos y la protección de su dignidad.
No obstante, Zhou también señaló que la implementación del sistema de tutela voluntaria aún enfrenta algunos problemas específicos, que se resumen en los siguientes aspectos:
1. La base legal para la tutela voluntaria necesita fortalecerse, y la orientación unificada a nivel local es insuficiente.
Actualmente, aunque el Código Civil de la República Popular China y la Ley de Protección de los Derechos de los Ancianos establecen principios para la tutela voluntaria de adultos y ancianos, no se han emitido reglamentos específicos de implementación ni interpretaciones judiciales, y no existen sistemas complementarios concretos, procedimentales ni operativos. Esto provoca que los estándares de aplicación varíen en diferentes regiones, con prácticas poco normadas y un espacio limitado para la aplicación del sistema. En 2025, Shanghái publicó las “Opiniones sobre la Promoción y Implementación del Sistema de Tutela Voluntaria para Ancianos (Prueba)”, formando un marco de implementación local relativamente completo. Sin embargo, otras regiones carecen de directrices políticas claras y aplicables.
2. La tutela voluntaria depende en gran medida de las notarías, mientras que la función de las organizaciones comunitarias y sociales está subdesarrollada.
En la práctica, la tutela voluntaria depende en gran medida de las notarías, pero debido a la complejidad de los procedimientos notariales y los riesgos asociados, cerca del 45% de las notarías en todo el país no han gestionado casos de tutela voluntaria. Los recursos de servicio están concentrados en algunas ciudades principales y provincias. Aunque las juntas de vecinos y comités de comunidades tienen responsabilidades relacionadas en la ley, su capacidad y recursos son limitados, dificultando funciones como la certificación, supervisión y protección temporal. Además, las organizaciones sociales especializadas en tutela son escasas; en Shanghái, solo hay tres organizaciones dedicadas a la tutela voluntaria, lo que genera una brecha entre la oferta y la demanda.
3. La falta de un mecanismo de registro y archivo de acuerdos, y las barreras de información entre departamentos, son problemas destacados.
Actualmente, no existe una plataforma nacional o provincial unificada y oficial para registrar y compartir los acuerdos de tutela voluntaria. La información no fluye entre notarías, servicios civiles, tribunales, instituciones médicas, comités de comunidades y entidades financieras, formando “islas de información”. Esto dificulta que los tutores puedan probar su autoridad en situaciones de emergencia o en la gestión de bienes, afectando la protección de derechos. Además, puede generar conflictos de autoridad, ya que los tribunales o las organizaciones comunitarias podrían designar tutores sin conocimiento de los acuerdos existentes, creando contradicciones con la tutela legal y debilitando la autoridad del sistema.
4. La baja conciencia pública y la confianza en el sistema, junto con la ausencia de mecanismos de supervisión legal, limitan su efectividad.
La mayoría de los ancianos y sus familiares desconocen en profundidad el contenido, los procedimientos y la validez legal de la tutela voluntaria. Las investigaciones muestran que solo el 29% de la población conoce previamente el sistema, y aunque el 79% de quienes lo conocen estarían dispuestos a optar por él, existe una desconexión entre la demanda y el conocimiento. Además, la tutela voluntaria depende en gran medida de mecanismos de supervisión, pero la ley aún no ha establecido un sistema rígido de control. Los límites de los derechos del tutor, los responsables de supervisión, los procedimientos de cumplimiento y los estándares de responsabilidad no están claros, generando preocupaciones sobre posibles abusos patrimoniales o negligencias en el cuidado. La falta de un mecanismo de supervisión efectivo es un obstáculo importante para la implementación completa del sistema.
Para promover aún más la implementación del sistema de tutela voluntaria, Zhou Yanfang propone las siguientes recomendaciones:
Primero, resumir y promover las experiencias de las regiones pioneras como Shanghái, acelerando la formulación de sistemas complementarios.
El éxito de la implementación total del sistema requiere un diseño de alto nivel sólido. Se recomienda recopilar las experiencias y buenas prácticas de las regiones piloto, como Shanghái y Pekín, y promover la rápida formulación de sistemas complementarios a nivel local. En etapas donde las leyes y regulaciones aún no están maduras, se pueden emitir opiniones de implementación y otros documentos normativos que establezcan un marco básico. Cuando la experiencia sea suficiente, se podrán desarrollar regulaciones de gestión y leyes específicas. Las autoridades y departamentos pertinentes pueden definir procedimientos operativos claros mediante reglamentos o directrices, en aspectos clave como el registro y certificación de acuerdos, la retención de bienes y la autorización médica en emergencias.
Segundo, construir un mecanismo de coordinación múltiple, aprovechando plenamente las funciones de las organizaciones comunitarias y sociales.
Las notarías desempeñan un papel clave en la tutela voluntaria, garantizando la validez legal de los acuerdos y su autoridad, pero su cobertura limitada impide satisfacer toda la demanda. Es necesario integrar recursos y fortalecer la colaboración. Por ejemplo, acelerar la activación de las capacidades de las organizaciones comunitarias, incorporando la tutela voluntaria en la gestión comunitaria, como en la práctica de Pútoá en Shanghái, donde se establecen responsabilidades y procedimientos claros para las juntas de vecinos en la evaluación, promoción legal, certificación, mediación y protección temporal. Además, se debe promover y regular las organizaciones sociales especializadas en tutela, estableciendo estándares de calidad, requisitos de ingreso, capacitación y tarifas, liderados por el departamento de asuntos civiles. La creación de un sistema colaborativo que involucre organizaciones comunitarias, notarías y organizaciones sociales fortalecerá la implementación del sistema en la última milla.
Asimismo, establecer y perfeccionar mecanismos de registro y explorar el uso de tecnologías inteligentes para gestionar todo el proceso de tutela voluntaria.
Garantizar los derechos legales del tutelado es clave para la efectividad del sistema. Se recomienda que el departamento de asuntos civiles, en colaboración con justicia, salud, regulación financiera y tribunales, construyan una plataforma unificada de registro y gestión de información de tutela voluntaria a nivel nacional o provincial, que permita la inscripción, modificación, cancelación de acuerdos, así como la evaluación de capacidad y el inicio o cese de la tutela, en un ciclo completo y dinámico. Además, aprovechar tecnologías de big data e informatización para automatizar y estandarizar todo el proceso, desde la firma del acuerdo hasta la evaluación de capacidad y la gestión de riesgos. La regulación del uso y consulta de información debe ser clara, permitiendo a instituciones médicas, policía, tribunales y entidades financieras acceder y verificar en línea, logrando una compartición confiable de información entre departamentos y sectores, resolviendo problemas de dificultad para probar la autoridad y conflictos en la certificación.
Por último, fortalecer la difusión legal y la orientación, y construir un sistema integral de supervisión.
Es fundamental incluir la tutela voluntaria en la educación legal para todos y en los programas de atención a la tercera edad, utilizando redes comunitarias y medios de comunicación para promover el conocimiento y eliminar prejuicios. Además, se debe construir un sistema de supervisión que combine la regulación administrativa, la supervisión judicial y la vigilancia social. La administración civil puede establecer departamentos especializados en supervisión, con supervisores con formación en derecho y trabajo social, realizando inspecciones anuales. Los tribunales pueden establecer mecanismos de revisión judicial para casos de gran valor patrimonial o cambios en tratamientos médicos. Las organizaciones sociales pueden desarrollar evaluaciones independientes mediante organismos especializados, creando sistemas de evaluación confiables. La supervisión rigurosa fortalecerá la confianza y garantizará la protección efectiva de los derechos de los ancianos.